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Ciclo Escolar 2011 2012

Seguro Escolar

jueves, 16 de octubre de 2008

NORMAS ESPECIFICAS DE CONTROL ESCOLAR PARA EL TIPO BÁSICO EN EL ESTADO DE MORELOS, PERIODO ESCOLAR 2008-2009

La educación es el medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es
proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la
sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para formar al
hombre de manera que tenga sentido de solidaridad social.
En términos del artículo tercero de la Constitución y la Ley General de Educación, todo
individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país
deben contar con las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional, por lo
que es obligación de las autoridades educativas, en sus respectivas competencias, el prestar
servicios educativos para que toda la población pueda cursar la educación preescolar, la
primaria y la secundaria.
Asimismo, las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones
que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor
equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y
permanencia en los servicios educativos.
La Ley General de Educación, así como las leyes de educación estatales, contienen
señalamientos formulados en términos de máxima generalidad, razón por la cual, es
necesario explicitar o hacer visibles aquellas atribuciones implícitas cuya realización, por
razones de orden metodológico, son imprescindibles para dar cumplimiento a las
atribuciones de carácter general señaladas en las propias Leyes.
Por ello, es preciso tener en cuenta los efectos paralizantes causados por los vacíos
normativos que pueden desobligar, inhibir o inhabilitar a las partes, propiciando
interpretaciones e implementaciones erróneas de preceptos demasiado generales, sobre
todo ante contingencias como la que se presenta en el Estado de Morelos.
Razón por la cual, es indispensable contar con normas de control escolar adecuadas, que
funcionen como instrumentos coadyuvantes para la organización de los servicios educativos
y los procesos administrativos que cobijan la acción pedagógica, misma que requiere
especial atención, ante los riesgos que conlleva la dispersión de los alumnos y los distintos
escenarios en que puede presentarse la impartición de los servicios (educación en casa por
los padres de familia, educación en locales o auditorios con tutores, educación en escuelas
habilitadas con profesores acreditados, etc.)., lo que desembocaría en una defectuosa
operación de los procesos de inscripción, reinscripción, regularización, acreditación y
certificación, en perjuicio de los menores atendidos.
Por ello, ante la suspensión de labores en algunas escuelas del tipo básico del Estado de
Morelos, y con el objeto de no solo evitar la pérdida del ciclo escolar 2008-2009 en la
entidad, sino de brindar seguridad jurídica a la sociedad civil y padres de familia del Estado
de Morelos, la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, por conducto de la
Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación, ha emitido las presentes
normas de control escolar que permitirán que las niñas y niños que están cursando clases
fuera de las aulas, tengan la posibilidad de acreditar y certificar dichos estudios, evitando
cualquier riesgo de pérdida del ciclo escolar.


Para tener el documento, solicítala al siguiente correo electrónico: aepaf.morelos@live.com.mx

También podrás bajar el documento, accediendo a la siguiente dirección: